Las renuncias a recibir una vivienda como herencia han ido en aumento porque el impuesto de sucesiones exige abonar entre un 10 % y un 35 % de su valor
Durante los últimos años, las renuncias a recibir una vivienda como herencia han ido en aumento. La principal razón es que el impuesto de sucesiones supone que, para aceptar la vivienda se tenga que abonar entre un 10 % y un 35 % de su valor, dependiendo de lo cercano que sea el familiar. Desde Inmocat servicios inmobiliarios nos dan consejos para prevenir esta situación y, si ya hemos heredado, dos opciones para los que no puedan asumir el gasto.
3 medidas preventivas
Antes de que llegue el momento en que los herederos tengan que pagar, podemos tomar en vida algunas medidas que nos pueden servir para reducir los impuestos de sucesión.
1. Donar en vida: Una de las opciones que tenemos para no pagar tanto al heredar una vivienda es donar en vida. Esta opción también está sujeta a tributación, pero probablemente sea un gasto menor que abonar el impuesto de sucesión. Sin embargo, desde el comparador advierten de que esta medida no supone un ahorro en todos los casos, por lo que es recomendable que un experto en la materia haga un estudio y determine cuál es la mejor opción.
2. Dividir la herencia: Teniendo en cuenta que cuanto más patrimonio se herede más se paga, es lógico pensar que cuanto más se divida la herencia, más impuestos se ahorrarán. Por ejemplo, es mejor dejar una casa al cónyuge y todos sus hijos en vez de solo al cónyuge. De esta forma, también se podrá limitar el uso de la vivienda de algunos herederos, por ejemplo, para que no se deshagan del inmueble hasta que otro heredero fallezca.
3. Mayor parte a menores o discapacitados: Los que menos impuestos pagan al recibir una herencia son los menores de edad y las personas discapacitadas. Por ello, si se deja una herencia con mayor parte a ellos que a otros herederos, podremos reducir muchísimo el gasto que la operación supone.
Dos medidas si ya hemos heredado la vivienda
En el caso de que ya se haya heredado la vivienda, pero no se puedan pagar de una sola vez todos los impuestos que se corresponden, disponemos de dos alternativas para no tener que acabar renunciando al inmueble.
1. Pagar la deuda a plazos: Para no tener que desembolsar los gastos de golpe, se puede solicitar devolverla en cuotas durante un máximo de cinco años o, incluso, que se nos aplace el pago. Sin embargo, para acogernos a esta opción hay que solicitarlo antes de que hayan transcurrido cinco meses desde el fallecimiento y que la herencia líquida percibida no sea suficientemente grande como para pagar los impuestos.
2. Acudir a un intermediario financiero o al banco: Si no se puede asumir de ninguna manera el pago, pero tampoco se quiere renunciar a la vivienda, la última opción es solicitar un préstamo con garantía hipotecaria (solo en caso de disponer de un inmueble en propiedad ya pagado) o un préstamo personal. Podemos encontrar intermediarios financieros que conceden préstamos hipotecarios de entre el 30 % y el 40 % del valor del inmueble, con plazos largos que pueden llegar a los 15 años. Sin embargo, el interés de estos préstamos suele ser más alto que el de las hipotecas y otros préstamos personales. Por el contrario, si la situación económica personal es buena, se puede solicitar un préstamo al banco, que resultará más barato.
Las renuncias a recibir una vivienda como herencia han ido en aumento porque el impuesto de sucesiones exige abonar entre un 10 % y un 35 % de su valor
Durante los últimos años, las renuncias a recibir una vivienda como herencia han ido en aumento. La principal razón es que el impuesto de sucesiones supone que, para aceptar la vivienda se tenga que abonar entre un 10 % y un 35 % de su valor, dependiendo de lo cercano que sea el familiar. Desde Inmocat servicios inmobiliarios nos dan consejos para prevenir esta situación y, si ya hemos heredado, dos opciones para los que no puedan asumir el gasto.
3 medidas preventivas
Antes de que llegue el momento en que los herederos tengan que pagar, podemos tomar en vida algunas medidas que nos pueden servir para reducir los impuestos de sucesión.
1. Donar en vida: Una de las opciones que tenemos para no pagar tanto al heredar una vivienda es donar en vida. Esta opción también está sujeta a tributación, pero probablemente sea un gasto menor que abonar el impuesto de sucesión. Sin embargo, desde el comparador advierten de que esta medida no supone un ahorro en todos los casos, por lo que es recomendable que un experto en la materia haga un estudio y determine cuál es la mejor opción.
2. Dividir la herencia: Teniendo en cuenta que cuanto más patrimonio se herede más se paga, es lógico pensar que cuanto más se divida la herencia, más impuestos se ahorrarán. Por ejemplo, es mejor dejar una casa al cónyuge y todos sus hijos en vez de solo al cónyuge. De esta forma, también se podrá limitar el uso de la vivienda de algunos herederos, por ejemplo, para que no se deshagan del inmueble hasta que otro heredero fallezca.
3. Mayor parte a menores o discapacitados: Los que menos impuestos pagan al recibir una herencia son los menores de edad y las personas discapacitadas. Por ello, si se deja una herencia con mayor parte a ellos que a otros herederos, podremos reducir muchísimo el gasto que la operación supone.
Dos medidas si ya hemos heredado la vivienda
En el caso de que ya se haya heredado la vivienda, pero no se puedan pagar de una sola vez todos los impuestos que se corresponden, disponemos de dos alternativas para no tener que acabar renunciando al inmueble.
1. Pagar la deuda a plazos: Para no tener que desembolsar los gastos de golpe, se puede solicitar devolverla en cuotas durante un máximo de cinco años o, incluso, que se nos aplace el pago. Sin embargo, para acogernos a esta opción hay que solicitarlo antes de que hayan transcurrido cinco meses desde el fallecimiento y que la herencia líquida percibida no sea suficientemente grande como para pagar los impuestos.
2. Acudir a un intermediario financiero o al banco: Si no se puede asumir de ninguna manera el pago, pero tampoco se quiere renunciar a la vivienda, la última opción es solicitar un préstamo con garantía hipotecaria (solo en caso de disponer de un inmueble en propiedad ya pagado) o un préstamo personal. Podemos encontrar intermediarios financieros que conceden préstamos hipotecarios de entre el 30 % y el 40 % del valor del inmueble, con plazos largos que pueden llegar a los 15 años. Sin embargo, el interés de estos préstamos suele ser más alto que el de las hipotecas y otros préstamos personales. Por el contrario, si la situación económica personal es buena, se puede solicitar un préstamo al banco, que resultará más barato.