viernes, 24 de febrero de 2017

Cómo reformar la cocina te puede ayudar a llevar una vida más sana

Para muchos españoles, tener una cocina nueva significa llevar un estilo de vida más saludable. Al menos eso es lo que se deduce del último estudio de la compañía Houzz sobre tendencias en cocinas para este 2017. La encuesta, realizada a particulares que renovaron su cocina, están inmersos en una renovación o planean llevar a cabo un proyecto de reforma, indica que detrás de la obra hay un deseo de cambiar hacia un estilo de vida más sano, y el 29% de los encuestados admite haberlo conseguido tras la reforma.
Esto se debe a que se cocina más en casa (40%), de hecho, el 90% afirma preparar cinco o más comidas a la semana en su nueva cocina. Otros hábitos saludables tras la renovación incluyen disfrutar de más comidas sentados a la mesa (38%), pedir menos comida a domicilio (22%) y comer más frutas y verduras (18%).
Los españoles no son los únicos que han notado un cambio en su hábitos tras la reforma. Según los datos del informe comparado entre países, los japoneses son los que más disfrutan de una vida más saludable gracias a la reforma de la cocina(69%). En el extremo contrario, se encuentran los rusos: sólo el 16% cree que la renovación de su cocina ha contribuido a llevar una vida más sana.

Te explicamos qué hacer para recuperar lo pagado de más por las cláusulas suelo

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley que establece un mecanismo extrajudicial para reclamar la devolución de las cláusulas suelo indebidas. Se trata de un procedimiento gratuito para los consumidores y los bancos tendrán tres meses para resolver las reclamaciones. En cuanto a la fiscalidad, las cantidades recuperadas no tributarán en el IRPF, salvo cuando formaron parte de la deducción por inversión en vivienda habitual.
Las líneas generales del Real Decreto Ley que se ha aprobado y que se publicará mañana en el BOE son las siguientes:
- Se trata de un cauce extrajudicial para evitar el colapso en los juzgados y la tardanza en la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
- Es un trámite gratuito para el consumidor y voluntario, ya que puede acudir directamente a la vía judicial. Se prevé además una reducción de los aranceles notariales y registrales derivados de los cambios en la hipoteca que puedan resultar de la adopción de medidas compensatorias distintas a la devolución del efectivo.
- Es un mecanismo obligatorio para la banca cuando lo solicite el cliente y tendrá un mes desde la entrada en vigor de esta normativa (el lunes 23 de enero) para establecerlo y que los deudores conozcan que existe un sistema alternativo.
Aunque la hipoteca ya esté totalmente cancelada, si estuvo afectada por la cláusula suelo, entonces el banco tiene la obligación de ponerlo en conocimiento al ex-deudor porque puede verse afectado como si la hipoteca estuviera viva.
- El consumidor, una vez que sepa que tiene cláusula suelo reclamará a la entidad y ésta deberá remitir el cálculo de la cantidad a devolver incluyendo intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente. El consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo en un plazo máximo de tres meses.
- Puede haber alternativas a la devolución en efectivo: el consumidor y el banco pueden acordar medidas compensatorias distintas de la devolución en efectivo como, por ejemplo, la novación de las condiciones de la hipoteca (reducción de la cuota de la hipoteca, por ejemplo). En este caso, la aceptación por parte del hipotecado quedará por escrito, tras haber sido debidamente informado del valor económico de la medida alternativa.
- Si el consumidor decide ir directamente al juzgado, pero una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto éste, las partes no podrán ejercitar ninguna acción judicial o extrajudicial.
- En cuanto a las costas judiciales, si el hipotecado demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene en económicamente más favorable para él, entonces el banco será condenado en costas. Pero si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa y el banco se allana totalmente (decide devolver las cantidades indebidas) antes del trámite de contestación a la demanda, la entidad no será condenada en costas, es decir, cada parte pagará sus costas.

Quién podrá reclamar lo cobrado de más por la plusvalía municipal y hasta cuándo



El Constitucional ha declarado inconstitucional parte de la regulación del impuesto de plusvalía municipal en Guipúzcoa en caso de que la transmisión de un inmueble se haya hecho en pérdidas, una sentencia que tarde o temprano afectará a la normativa estatal. José María Salcedo, de Ático Jurídico, asegura que los ayuntamientos ya no podrán ignorar los recursos de los contribuyentes contra la liquidación hecha por la propia administración.

viernes, 3 de febrero de 2017

La rentabilidad de la vivienda como inversión crece al 6,3%,



La inversión inmobiliaria en España, en cualquiera de los productos analizados por idealista, ofrecía a cierre de 2016 unas tasas de rentabilidad superiores a las que se registraban un año antes. Estas rentabilidades multiplican por cuatro, en el peor de los casos, las de los Bonos del Estado a 10 años (1,4%). La rentabilidad que ofrece la inversión en viviendas para ponerlas en alquiler ha crecido hasta el 6,3% desde el 5,5% de hace un año, debido al mayor ritmo de crecimiento de los precios del alquiler frente al de los precios de venta.  
Según este estudio, que relaciona los precios de venta y alquiler de distintos productos inmobiliarios para calcular su rentabilidad bruta, el local comercial se mantiene como la inversión inmobiliaria más rentable. Comprar un local en España para alquilarlo ofrece una rentabilidad bruta del 8,5%, frente al 7,3% que daban hace un año. Los garajes han registrado un aumento hasta el 6,1% (desde el 4,4% de 2015). Por el contrario, las oficinas ofrecen un rendimiento del 7,6% (hace un año era del 6,7%).

Rentabilidad de la vivienda

Entre las capitales españolas, Lleida y Las Palmas de Gran Canaria son las que resultan más rentables, con sendas tasas del 7,1%. Le siguen Huelva (6,7%), Málaga (6,3%) y Alicante (6,2%). La rentabilidad en Barcelona es del 5,5%, algo inferior a la de Madrid (5,9%).