martes, 15 de mayo de 2018

El verdadero coste de tener terraza: los pisos con espacio exterior son un 36% más caros


Con la cercanía del verano y el aumento de las temperaturas, las terrazas de las viviendas se convierten en un bien muy codiciado. Pero el privilegio de contar con un espacio al aire libre dentro de nuestro propio piso se paga. Los inmuebles que cuentan con terraza tienen un precio de venta un 36% superior que aquellos que no la tienen, según Inmocat, serveis inmobiliaris de pineda de mar.
Comprar un piso que disponga de esta comodidad en pineda de mar cuesta 212.792 euros de media, mientras que las viviendas sin “espacios exteriores” se quedan en 156.005 euros. La diferencia se reduce hasta el 15% en el caso de las viviendas en alquiler, desde los 1.041 euros de las que tienen terraza hasta los 900 de las que no tienen.
Entre las capitales españolas se muestran diferentes comportamientos. Así la mayor diferencia entre pisos con y sin terraza la encontramos en la capital cántabraSantander, donde son un 67,4% más caros. Le siguen Las Palmas de Gran Canaria (63,7%), Santa Cruz de Tenerife (56,6%), y Lleida (52,9%). A continuación se sitúan Valencia (49,7% más caro), Alicante (44,5%) y Barcelona (42,5%).
Por el contrario, en la ciudad de Zamora los pisos con terraza son sólo un 0,9% más caros. Le siguen Salamanca (6,7%), Lugo (8%), A Coruña (9,5%) y Ávila (9,7%). Con diferencias superiores al 10% están Bilbao (10,6%), Cuenca (12,7%), Granada (14,6%) o Toledo (16,4%).
En cuanto al alquiler, las mayores diferencias se dan en la ciudad de Málaga, con arrendamientos un 69,1% más elevados en el caso de las viviendas con terraza. Le siguen Las Palmas de Gran Canaria (41,2%), Sevilla (31%), Barcelona (28%) o Santa Cruz de Tenerife (27,2%).
En el lado opuesto están los mercados de Bilbao y Lugo, donde el hecho de contar con una terraza no supone un extra e incluso provoca que los pisos que cuentan con ella sean ligeramente más económicos. Les siguen con menores diferencias A Coruña (0,6% más caros), Murcia (1,1%), Santander (1,1%), Ávila (2,9%) y Pamplona (3,8%).

viernes, 11 de mayo de 2018

Las bonificaciones fiscales para los mayores de 65 años que vendan su casa (u otro inmueble)



Los mayores de 65 años que venden una vivienda tienen algunos beneficios fiscales a la hora de hacer su declaración de la renta. En la campaña actual (que terminará el 2 de julio) podrán acogerse a las bonificaciones aquellos que traspasaron una propiedad durante 2017, ejercicio por el que ahora estamos rindiendo cuentas con Hacienda.
Dependiendo del tipo de inmueble que haya sido objeto de la compraventa y del porcentaje de propiedad que tuviera el propietario, las deducciones en el IRPF son más o menos cuantiosas. Acudimos al Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) y a la gestora Abante Asesores para conocer las claves de las bonificaciones fiscales específicas que existen para este colectivo:
Si es vivienda habitual la exención es del 100%. Antonio Paredes, experto tributario de los Técnicos de Hacienda (Gestha), explica que, si el inmueble vendido era la vivienda habitual del mayor de 65 años, “no debe integrarse en la base imponible la ganancia derivada de la transmisión de la vivienda habitual, tanto si ésta se transmite a cambio de un capital como si lo es a cambio de una renta, temporal o vitalicia”.
Dicho de otro modo: el mayor de 65 años puede ahorrarse los impuestos que se deben pagar por la ganancia patrimonial que se consigue con la venta de una propiedad. Hacienda establece una horquilla de entre el 19% y el 23% de las rentas obtenidas: a los primeros 6.000 euros se les aplica una tributación del 19%, porcentaje que escala al 21% para la renta de entre 6.000,01 y 50.000 euros, mientras que a partir de dicha cantidad el impuesto que se aplica es del 23%.
¿Y qué sucede si una casa es de titularidad compartida y uno de los cónyuges tiene menos de 65 años? La respuesta es que solo será aplicable la exención “al propietario mayor de 65 años en la fecha de la venta y respecto a la parte de vivienda que le perteneciera”, puntualiza Paredes, que añade que este mismo caso es aplicable en los casos en los que hay más propietarios (tres, cuatro...). Para poder beneficiarse de la bonificación, es necesario ser mayor de 65 años en el momento de la operación, que se trate de la vivienda habitual y que la exención se aplique sobre la parte que le pertenezca.
¿Y qué ocurre si lo que se transmite es el usufructo? En este caso, la bonificación no podría aplicarse si se conserva la nuda propiedad de la vivienda.
“El usufructo es un derecho real de goce o disfrute, que permite al usufructuario disfrutar los bienes ajenos, reservándose el nudo propietario la propiedad de la vivienda.
Por tanto, si se transmite el usufructo y el contribuyente conserva la nuda propiedad de la vivienda, se ha producido la transmisión de un derecho real pero no la transmisión de su vivienda habitual, por lo que dicha venta no estará exenta”, aclaran desde el Sindicato de Técnicos de Hacienda.
Al margen de esta norma general, los territorios forales también disponen de exenciones similares en casos de transmisión de la vivienda habitual por parte de los ciudadanos más mayores. Álava, Guipúzcoa y Vizcaya también establecen los 65 años como edad mínima para poder aplicarse la bonificación, mientras que en Navarra el mínimo es 70 años.

Si no es vivienda habitual la clave es la renta vitalicia

La exención cambia de términos si la casa que se ha vendido no es la habitual. Es decir, si es una segunda residencia, un piso que se ha destinado al alquiler o una casa que se heredó en su día y que está vacía.
Si estamos ante uno de estos casos, o ante la venta de otro inmueble (un trastero, una plaza de garaje, un local, una nave logística...) la bonificación fiscal del 100% solo se aplicará si el mayor de 65 años reinvierte la ganancia obtenida en una renta vitalicia.
Como detalla Paula Satrústegui, directora de asesoramiento patrimonial de Abante, “una renta vitalicia se contrata con una aseguradora o un banco y consiste en que, tras invertir una cantidad concreta, la entidad te paga una renta que suele ser mensual hasta que el contratante fallece”.
¿Y cómo tiene que ser la inversión en este tipo de productos? La respuesta es que es necesario cumplir unos requisitos temporales y cuantitativos. La cantidad máxima cuya reinversión en la constitución de rentas vitalicias dará derecho a aplicar la exención será de 240.000 euros. Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida. Asimismo, la renta vitalicia deberá constituirse en el plazo de seis meses desde la fecha de transmisión del elemento patrimonial”, aclara Paredes.
Por otra parte, continúa el experto tributario, “el contrato de renta vitalicia deberá suscribirse entre el contribuyente y una aseguradora/banco, deberá tener una periodicidad inferior o igual al año, y comenzar a percibirse en el plazo de un año desde su constitución. Además, el importe anual de las rentas no podrá decrecer en más de un 5% respecto del año anterior. Por último, el contribuyente deberá comunicar a la entidad que la renta vitalicia que se contrata constituye la reinversión del importe obtenido por una transmisión patrimonial, a efectos de la aplicación de la exención señalada”.

Consejos al contratar una renta vitalicia

Desde Abante Asesores recuerdan que las rentas vitalicias están sujetas a un subyacente que garantiza los ingresos (suele tratarse ser un bono; por ejemplo, un bono del Tesoro Público), y que sus mejores o peores resultados dependerán de diferentes factores. Entre ellos, de que el subyacente sea de mayor o menor riesgo (un bono griego ofrece mayor rentabilidad que uno español porque el Estado heleno es considerado menos solvente), de la esperanza de vida de quien contrata la renta vitalicia o de que el contratante decida que, si fallece, las rentas pasarán a cobrarlas su cónyuge o herederos. Actualmente, la media del mercado está entre un 0,8% y poco más del 1%, ya que los tipos de interés están en mínimos históricos.
Por otro lado, es necesario tener en cuenta que el dinero que se consigue a través de la renta vitalicia también debe tributar en el IRPF, al ser considerado rendimiento de capital mobiliario.
¿Y cómo se calcula? Como es muy difícil saber cuánto dinero se gana con una renta vitalicia (no es como una acción, de la que se puede conocer fácilmente el precio de compra y de venta), la Agencia Tributaria establece una tabla de porcentajes a aplicar, que dependen de la edad del rentista:
  • 40% cuando el perceptor tenga menos de 40 años.
  • 35% cuando el perceptor tenga entre 40 y 49 años.
  • 28% cuando el perceptor tenga entre 50 y 59 años.
  • 24% cuando el perceptor tenga entre 60 y 65 años.
  • 20% cuando el perceptor tenga entre 66 y 69 años.
  • 8% cuando el perceptor tenga más de 70 años.
“Estos porcentajes serán los correspondientes a la edad del rentista en el momento de la constitución de la renta y permanecerán constantes durante toda la vigencia de la misma”, explica el fisco.
¿Y qué significan? Dichos porcentajes determinan qué parte del dinero recibido vía renta vitalicia es ganancia, a la que posteriormente se aplicará el impuesto de entre el 19% y el 23% que veíamos unas líneas más arriba.
Desde Abante ponen este ejemplo práctico. Supongamos que tengo una renta vitalicia que me da 6.000 euros al año y en el momento de la constitución tenía 65 años. En este caso el rendimiento del Capital Mobiliario sería de 1.442 euros (6.000 euros * 24% que marca la edad), y a esa cantidad debo aplicarle una retención del 19% (puesto que la renta es inferior a 6.000 euros). Por tanto, el impacto fiscal sería de 273,6 euros.
Con todo, el consejo de los expertos antes de contratar una renta vitalicia solo con el fin de beneficiarse de la exención y pagar menos impuestos es hacer números para saber si realmente compensa o no. “Hay que tener en cuenta que intervienen muchos factores y que estas rentas están pensadas para personas que están preocupadas por su longevidad”, concluyen desde la gestora.

Campaña de la Renta 2017: calendario, novedades y trucos para hacer la declaración en 2018



La campaña de la Renta 2017 comenzó de forma oficial el pasado 4 de abril y acabará el próximo 2 de julio. Este año Hacienda ha estrenado su aplicación móvil para hacer la declaración y un nuevo servicio de cita previa para que Hacienda sea quien llame al contribuyente que tenga dudas. Te resumimos los trucos, novedades, cómo declarar el alquiler o la compra de una casa o los plazos para presentar la renta.
Resumimos algunas claves de la declaración de la renta que hay que presentar en 2018, como las principales novedades, los olvidos más comunes, los plazos, las desgravaciones del alquiler para inquilinos y propietarios o los pasos que hay que seguir para declarar el alquiler en la renta 2017.  

lunes, 7 de mayo de 2018

Todos los documentos que necesitas para comprar con éxito una vivienda usada o nueva



Si piensas comprar una casa, antes debes saber que una vez transmitida la propiedad, las cargas también se transmiten. Los pasos que debes seguir dependen de si es la vivienda es de segunda mano, nueva o sobre plano. 
Es conveniente estar bien aconsejado en la mayor inversión para la mayoría de los ciudadanos. Por eso, Foro Consultores recomienda hacer la compra a través de un abogado o un asesor inmobiliario. Pero si decides hacerlo sin intermediados, debes tener en cuenta una serie de precauciones:

Si la vivienda es de un particular:

  • Solicita al vendedor el número de registro de la propiedad del piso y de la finca registral. Esto se hace para identificar a los titulares y no llevarnos sorpresas después.
  • Comprueba si la vivienda tiene carga hipotecaria o algún otro tipo de carga o embargos.
  • Para saber todos estos datos basta con pedir una Nota Simple en la Oficina del Registro de la Propiedad o a través de internet en la web de este organismo.
  • Otra de las comprobaciones que hay que hacer es averiguar si la vivienda está al corriente de los pagos de las cuotas de la comunidad o derramas que pudieran existir. Para ello, debemos contactar con el Administrador o en su defecto con el presidente de la Comunidad de Propietarios y que nos emita un certificado de estar al corriente en el pago.
  • También hay que acudir al Ayuntamiento de nuestra ciudad para comprobar que el vendedor está al corriente del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o tasa de basura, si existe ese impuesto municipal.
  • Solicita al vendedor el certificado energético porque sin este documento el notario no aceptará la firma de las escrituras de la compraventa.

Si la vivienda es de un promotor:

  • Es necesario que el proyecto técnico esté aprobado y contar con la licencia de edificación, con la cédula urbanística y el certificado del Registro de la Propiedad.
  • Y si compras sobre plano, pide la póliza de aval por las cantidades entregadas a cuenta.
  • Y cuando te entreguen la vivienda: comprueba algunas cuestiones como que el inmueble tenga la División Horizontal, Estatutos de la Comunidad de Propietarios o Seguro Decenal...

Si compras una vivienda sobre plano, ¿qué papeles debes solicitar?

La normativa es bastante exhaustiva para evitar sustos. De hecho, el ordenamiento jurídico español exige una serie de documentos que certifican la completa legalidad de una vivienda. Antes de comprar asegúrate de que el promotor tenga:
  1. Licencia de obras y certificación del técnico sobre la adecuación del edificio a la licencia concedida y al proyecto aprobado por el Ayuntamiento.
  2. Inscripción en el Registro de la Propiedad de la edificación
  3. Exige al promotor un Certificado del Registro Mercantil que acredite la existencia de la sociedad, sus datos de inscripción, los administradores y/o apoderados, el domicilio social, el NIF.
  4. Además, debe tener la siguiente documentación para el cliente:
  • Plano general del emplazamiento de la vivienda y plano de la vivienda misma.
  • Descripción de la vivienda con su superficie útil y descripción general del edificio en el que se encuentra, de las zonas comunes y de los servicios accesorios…
  • Memoria de calidades.
  • Precio total de la venta más el IVA donde se especifique todo lo que incluye: garaje, trastero… Y la forma de pago.
  • Y que las cantidades entregadas estén avaladas.


viernes, 4 de mayo de 2018

Los tribunales condenan a las entidades bancarias por cobrar comisiones de las hipotecas

La justicia vuelve a sancionar a los bancos por las comisiones de las hipotecas


Ganada la batalla de las cláusulas suelo, los magistrados comienza a dar la razón a los consumidores en las reclamaciones sobre las comisiones de las hipotecas.
Quince meses después de la aprobación del Real Decreto que establecía un procedimiento extrajudicial para resolver las reclamaciones sobre cláusulas suelo, el cliente se hace fuerte. Mientras los tribunales comienzan a sancionar las comisiones de las hipotecas.
Concretamente las comisiones de apertura y de vencimiento anticipado que los bancos vinculan a la concesión de cada hipoteca.
Un total de quince audiencias provinciales ya se han pronunciado sobre este tipo de sanciones. Aunque en algunos casos se da la razón a las entidades, una docena de salas califica de abusivas estas comisiones de las hipotecas.
La primera de ellas es la Audiencia Provincial de Castellón. Tras condenar a un banco al abono de gastos tales como los honorarios del notario o las comisiones de apertura.

Guerra abierta entre la banca y los hipotecados

Las discrepancias entre las entidades bancarias y aquellos clientes que contrataron una hipoteca están lejos de acabar.
En febrero, el TS dictó una sentencia que eximia a la banca de pagar los impuestos de las hipotecas (ITP y AJD).
Mientras que en marzo, las estadísticas de las resoluciones sobre cláusulas suelo no dejaban lugar a dudas. El 98,3% de las sentencias son favorables al cliente.
Condena a una entidad bancaria por cobra comisiones de las hipotecas
Ahora, el último episodio de la batalla jurídica tiene como objeto las dos comisiones de las hipotecas más importantes: apertura y vencimiento anticipado.
Cláusulas vinculadas indisolublemente a la aprobación de un préstamo hipotecario. Pero que un buen número de jueces lleva meses sancionando.

Primera sentencia contra las comisiones de las hipotecas

La última batalla ganada por los clientes de las entidades bancarias ha llegado por una sentencia de la sección 3ª de la AP de Castellón. Dicha sala ha sido la primera en obligar a un banco a la devolución de los gastos hipotecarios.
Frente a los 5.881 euros de la sentencia original, y tras la apelación de la entidad, la sala de Castellón condena a devolver 2.417 euros a los clientes del banco. Por diferentes conceptos vinculados a los gastos hipotecarios.
Doce audiencias provinciales sancionan las comisiones de las hipotecas
Por un lado, 1.434 euros que corresponden al 1% del capital prestado. Cantidad cobrada en concepto de comisión de apertura.
Y por el otro, cantidades diversas abonadas como gastos notariales. A saber, 169,89 € por la inscripción en el registro de la propiedad, 209,38 € correspondientes a la mitad de los gastos de tasación y 230 € como el 50% de las gastos de tramitación y gestoría.
Quedando la entidad exenta de pagar los 2.633 euros correspondientes al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Discrepancia jurídica y poca información bancaria

Entre las quince salas provinciales que han juzgado las comisiones de las hipotecas no existe un criterio común.
De hecho, la discrepancia se debe a dos factores. Por un lado, si el motivo de la reclamación se ajusta a derecho. Y por el otro, si existen pruebas del abuso o la suficiente información por parte de la entidad bancaria.
En contra de sancionar las comisiones hipotecarias de apertura ya se han manifestado salas de León y Tarragona. Argumentando tanto que ‘su cobro en el momento del contrato se ajusta a las normas legales‘ como que ‘deben retribuirse las gestiones realizadas por la entidad‘.
Una factura millonaria entre cláusulas suelo y otras condiciones abusivas
Frente a este criterio, las AAPP de Albacete, de Asturias, de Cartegena, de Castellón, de Girona, de Las Palmas, de Madrid, de Ourense, de Palma, de Soria, de Tenerife y de Zaragoza, opinan lo contrario. Incluyendo, en algunas ocasiones, la comisión de cancelación como cláusula abusiva.
De hecho, ciertos tribunales consideran que frente a los gastos de apertura los de cancelación ‘no acreditan el motivo de la prestación‘.

Una ‘factura’ que deberá abonar la banca

Si hasta hace poco, los consumidores asumían buena cantidad de los gastos hipotecarios, las cosas han cambiado desde el 9 mayo de 2013. A raiz de la histórica sentencia sobre las cláusulas suelo. Además del sistema creado para la reclamación su extrajudicial (Real Decreto-Ley 1/2017).
Un asunto que hasta ahora ha tenido un impacto cercano a los 2.000 millones de euros en las cuentas de la banca. Según datos el Banco de España.
Aunque no ha sido la única derrota de las entidades bancarias en relación a las hipotecas. El caso de las hipotecas multidivisa ha supuesto otro revés millonario para el sector. Mientras aguarda la decisión definitiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


Los tribunales condenan a las entidades bancarias por cobrar comisiones de las hipotecas

La nuda propiedad, una excelente alternativa para ganar en calidad de vida

La nuda propiedad, una excelente alternativa para ganar en calidad de vida

Muchos propietarios desconoce las ventajas de una forma de venta que permite seguir disfrutando de la vivienda. Se trata de la nuda propiedad. Alternativa a la falta de liquidez utilizada por un gran número de jubilados.
Según la Seguridad Social, seis de cada diez pensionistas no alcanzan a ser mileuristas. Concretamente, son unos 5,4 millones de personas. Mayoritariamente mujeres, cuya nómina es de mil euros o incluso menos.
Cerca del 15% de este colectivo no alcanza los 600 euros. Mientras que algo más de cuatro millones se mueven entre los 600 y los 1.000 euros.
La nuda propiedad como alternativa a la cuantía de las pensiones
Esta escasa liquidez en los años en que se abandona la vida laboral suponen un grave problema para muchas personas sin herederos y con numerosos gastos.
Pensionistas cuya vivienda es su mayor bien y la mejor solución a sus problemas. Venderla en nuda propiedad es una opción a tener en cuenta por muchas personas mayores.

Alternativa al ‘problema‘ de las pensiones

Vender su casa y sin dejar de vivir en ella es la solución que algunas agencias inmobiliarias ponen al alcance de las personas mayores que necesitan un complemento a su pensión
Habitual en otros países de nuestro entorno, la nuda propiedad llega a España como una solución a la falta de liquidez en un momento de máxima rentabilidad de la vivienda. Una manera de garantizar la calidad de vida tras la vida laboral.
La nuda propiedad como solución a los problemas financieros
Aunque hace años que se venden propiedades de esta manera, ha sido en los últimos doce meses cuando más éxito ha tenido esta fórmula. Con el debate sobre la sostenibilidad de las pensiones, ‘existe mucha preocupación entre los mayores‘, apunta el experto Eduardo Molet.
Y esa inquietud se ha traducido en el número de adquisiciones de nuda propiedad. ‘En nuestro caso, desde enero de 2018 estas operaciones se han disparado un 300%. El doble que un año antes, cuando crecían a un ritmo del 150%‘, señala Molet.

Las claves de la nuda propiedad

Aún así existen ciertas dudas. ¿En qué consiste realmente la venta de nuda propiedad? ¿A quién beneficia más?
Estas transacciones se caracterizan por conceder al propietario tanto la posesión de la vivienda como un usufructo vitalicio. Se trata de una fórmula pensada para inversores, porque el comprador no tiene pleno dominio del inmueble hasta el día en que fallezca el usufructuario.
Mientras que los beneficiarios de la nuda propiedad, básicamente personas de 75 a 80 años, se caracterizan por no tener herederos y necesitar de unos ingresos extra para mejorar su calidad de vida.
En algunos casos con la idea de no suponer una carga para la familia y en otros para disfrutar de independencia y cuidados sin tener que ingresar en una residencia.
En ese sentido, la nuda propiedad es ventajosa tanto para una como para otra parte. El comprador obtiene una propiedad a un precio inferior al valor de mercado. A cambio de hacerse cargo de gastos como el IBI, las derramas y los gastos extraordinarios del inmueble.
Mientras que el vendedor se ahorra todos esos gastos, haciéndose cargo únicamente de los suministros de la vivienda (electricidad, gas, luz). Además del importe obtenido a cambio de su vivienda.

Inversión rentable y venta segura

Mientras el precio de la vivienda usada no deja de subir, el mercado hipotecario anima aún más la compraventa de viviendas. En ese sentido, los precios del mercado de segunda mano podrían llegar a incrementarse un 8% durante este año.
Una tendencia al alza de la que aún escapan ciertas fórmulas de inversión inmobiliaria. Alternativas de inversión que ha resurgido, al superarse la crisis.
El ahorro personal y la nuda propiedad
Estamos pensando tanto en las compras de nuda propiedad como en la inversión en viviendas con alquiler garantizado. Son alternativas de inversión tradicionales en otros países de Europa que ganan presencia en España.
Especialmente ahora que los productos bancarios no generan confianza, la rentabilidad del ahorro está en mínimos y la volatilidad bursátil es constante.
El momento perfecto para invertir en la compra de inmuebles. La compra más segura y rentable

Descubre cuántos años de sueldo necesitas invertir para comprar una vivienda



Comprar una vivienda es probablemente el mayor desembolso de dinero que realizan la mayoría de las familias españolas a lo largo de su vida. La recuperación económica comienza a inspirar confianza y la demanda de viviendas no para de crecer, por lo que los precios están en constante crecimiento desde el año 2014.
Saber cuántos años de sueldo íntegro deberíamos invertir en la compra de una vivienda nos ayudará a elegir con cautela la cantidad de la hipoteca para evitar en un futuro reducir nuestra liquidez o incluso incurrir en impagos, lo que terminaría con el embargo de la vivienda con el consecuente desahucio.
Gracias al Índice de Esfuerzo Inmobiliario elaborado por la Sociedad de Tasación Tinsa, podemos conocer cuántos años de sueldo íntegro necesitaría un ciudadano medio para adquirir una vivienda en propiedad en un área concreta. La media española se sitúa en 7,5 años, pero ya hay grandes ciudades que superan esta cifra.
Actualmente, la comunidad autónoma donde se ha registrado la cifra más elevada son las Islas Baleares. Un habitante de esta autonomía necesitaría una media de 14,9 años de sueldo íntegro para poder adquirir una vivienda en propiedad en las islas.
La gentrificación, consecuencia de los numerosos apartamentos turísticos, ha hinchado los precios de las viviendas, al igual que el coste del alquiler, un problema que ya ha hecho reaccionar al gobierno autonómico con medidas para regular el turismo en las islas. Durante el último año, el valor de los inmuebles en esta comunidad ha crecido un 7,5%.
Le sigue de lejos Cataluña, donde para comprar una vivienda se necesitaría invertir de media 8,4 años de sueldo íntegro. En Madrid 8 años y en el País Vasco 7,4 años. Le sigue de media Galicia, con una media de 7,2 años. Sorprenden los datos de Andalucía, que con un 6,9 de media sigue de cerca a las comunidades más caras.
Por otra parte, la Comunidad Valenciana, a pesar de ser una autonomía con un constante crecimiento de los precios de la vivienda, cuentan con muy buenas cifras; Para comprar una casa en Valencia harían falta de media 5,6 años de sueldo íntegro.
comprar una vivienda
Comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana cuesta menos de 6 años de sueldo.

La Rioja, la comunidad más barata para invertir en vivienda

La Rioja es la comunidad autónoma donde menos esfuerzo financiero necesitan hacer los ciudadanos para adquirir una vivienda. En concreto, la media actual es de 4,8 años. Le sigue muy de cerca la región de Murcia, con 4,9 años. Aragón sería la tercera comunidad más barata, con una media de 5,2 años, seguida de Asturias y Extremadura, donde los habitantes tan sólo necesitan 5,8 años de sueldo para comprar una vivienda en propiedad.
A pesar de que los precios de la vivienda están experimentando un constante crecimiento, todavía están lejos de alcanzar los máximos históricos registrados durante el boom inmobiliario. Durante esos años, la media de salario íntegro que necesitaba un español para comprar una vivienda era de 13,7 años, 6,2 años más que en la actualidad.
Las Islas Baleares seguían siendo en esa época la autonomía más cara, pero sus habitantes necesitaban 23,5 años de sueldo íntegro para adquirir un inmueble, 8,6 años más que ahora. En Madrid, el máximo se situó en 14,9 años, mientras que en Cataluña llegó a alcanzar los 15,7 años de media.
Datos como los publicados por la Sociedad de Tasación Tinsa demuestran la rápida recuperación económica del sector inmobiliario, con precios acordes al mercado y muy lejos todavía de alcanzar los niveles de la burbuja. Mientras, el Banco de España ha asegurado que, en 2018, las hipotecas seguirán a precios bajos, tras confirmar que el Euríbor cerró el mes de marzo en el -0,191%, manteniéndose en el mismo nivel que en febrero.

¿Qué pasaría con mi hipoteca si los tipos de interés empezasen a subir mañana?

¿Qué pasaría con mi hipoteca si los tipos de interés empezasen a subir mañana?

La posible subida de los tipos de interés a principios de 2019 inquieta a los dueños de las hipotecas a tipo variable. ¿Qué consecuencias reales tendría dicho cambio de tendencia?
Hace algunos meses, ante la aprobación de una nueva ley hipotecaria, muchos expertos coincidían en prever un encarecimiento de los créditos bancarios. Hecho que, acompañado de un posible repunte en los tipos de interés, haría subir aún más las nuevas hipotecas a tipo variable.
En este contexto, los mensajes lanzados por el presidente del Banco Central Europeo y los responsables de algunas entidades bancarias hacen pensar en el repunte del Euríbor. Aún lejos pero cara vez más probable a medida que avanza el año.
Por un lado, Mario Draghi (presidente del BCE) señala la importancia de mantener las políticas económicas emprendidas en 2015. Un panorama perfecto para la compraventa de vivienda. Ya que los tipos de interés en torno al 0% están haciendo la financiación cada vez más accesible.
Mientras tanto, coincidiendo con los resultados bancarios, Gonzalo Gortázar (consejero delegado de CaixaBank) llama a la prudencia. Aprovechando para recomendar a los clientes la contratación de hipotecas a tipo fijo.
Frente a estos opiniones, muchos clientes se preguntan: ¿Qué pasaría si mañana subiesen los tipos de interés?

El futuro de los tipos de interés en Europa

El mantenimiento de las políticas monetarias expansivas permite mantener los tipos de interés en mínimos. Con unas tasas muy favorables a las refinanciación.
Pero, ¿podrán mantener estas políticas durante mucho tiempo?
Desde el pasado mes de marzo, los expertos del BCE apuestan por retrasar ligeramente la subida de tipos. Optando por la retirada de medidas a finales de 2018 y la subida de tipos a mediados de 2019.
Siendo así, ¿qué impacto tendrían los nuevos tipos en los depósitos?
Las subidas de tipos impulsan al alza los depósitos,como herramienta para la captación de dinero. Un capital que luego se hará servir para invertir o dar hipotecas.
La economía europea y los tipos de interés de las hipotecas
Cambiemos de tipo de ahorro, ¿cómo influirían los tipos en la renta fija?
Si antes de la subida el ahorrador tiene algún bono o alguna obligación, estos se devaluarán. La búsqueda desesperada de la rentabilidad en este tipo de productos acaba provocando también un aumento de la demanda. Con consecuencias directas en su valoración.
Por otra parte, ¿de qué modo afectarían esos tipos a las hipotecas?
Existe un paralelismo entre la subida de tipos de interés y el encarecimiento del crédito para la vivienda. Si al banco le cuesta más tener liquidez, este acaba trasladando el sobrecoste a los clientes.

La banca apuesta por las hipotecas fijas

En esa situación, ¿interesan más las hipotecas fijas o las variables?
Todo depende del tipo de interés ofertado. Con tipos fijos por encima del 2,35%, en una hipoteca media a 20 años, sale más rentable optar por un tipo variable. Y con tipos de referencia del 3% las diferencias ya sí que son realmente importantes.
La banca promociona la contratación de hipotecas a tipo fijo
Frente a este consejo, Gonzalo Gortázar (CaixaBank) ha aprovechado para recomendar encarecidamente la contratación de hipotecas a tipo fijo.
En esta coyuntura económica, con tipos de interés muy bajos y queriendo proteger a nuestros clientes, apostamos por las hipotecas a tipo de interés fijo. Con ellas se asegura al cliente la misma cuota durante todo el plazo de amortización. Y así se facilita una mejor gestión de la economía familiar‘, ha defendido Gortázar.

Las dudas sobre las hipotecas mixtas

Frente a las hipotecas tradicionales, a tipo fijo o variables, existe una opción alternativa: las hipotecas mixtas.
La fórmula consiste en incorporar al plazo de amortización un periodo a interés fijo (habitualmente al 2%) y otro periodo a tipo variable (en torno al 1%). Siendo constante la cuota en el primer caso y fluctuando en el segundo.
Ventajas e inconvenientes de las hipotecas con tipo de interés mixto
Puede parecer interesante. Aunque desde HelpMyCash avisan de los dos riesgos que esta hipoteca conlleva. Por un lado, dejar de beneficiarse de un Euríbor en mínimos. Y por el otro, solo contar con la estabilidad de los tipos fijos durante la mitad del préstamo.
De hecho, solo podría interesar una hipoteca a tipo mixto en un contexto de subidas del Euríbor a corto plazo. Argumento que da la razón a la banca, en su defensa del tipo de interés fijo.

Los permisos de construcción de viviendas aumentan un 27% tras alcanzar máximos en 2017

Los permisos de construcción de viviendas aumentan un 27% tras alcanzar máximos en 2017

Una vez culminada la histórica cifra de construcción de viviendas nuevas del año pasado, en 2018 podría volver a superarse dicho registro histórico.
La recuperación de la actividad constructora sigue con paso firme. Concretamente, subiendo un 26,9% en el segundo mes de 2018.
La ‘Estadística de visados de dirección de obra. Febrero 2018‘, elaborada por el Ministerio de Fomento, registra un total de 8.305 permisos para la construcción de viviendas.
Este repunte supone un 7,3% más de permisos respecto al mes anterior. Siendo los pisos en bloque los más numerosos (80% del total) y aquellos que más crecen (+33,3%).
Mientras que las obras de reforma y ampliación crecen en torno al 3%. Con Madrid por encima de los 500 permisos mensuales. Y Málaga, Barcelona, Zaragoza y Valencia superando los 200.

España regresa a los 10.000 visados mensuales

Según los datos ofrecidos por los colegios de arquitectos, en febrero se han concedido un total de 10.444 visados de dirección de obra.
De ellos, 8.305 permisos eran para la construcción de viviendas. Un 26,8% más respecto a febrero de 2017 y un 7,3% más que en enero de 2018.
Visados para rehabilitación, ampliación y construcción de viviendas
Se trata de una cifra muy remarcable, si tenemos en cuenta que con 2017 se encadenaron cuatro años consecutivos al alza.
Un periodo que al cerrar el ejercicio pasado permitió alcanzar el máximo volumen de actividad desde 2010. Tras sumar 80.786 autorizaciones entre enero y diciembre de 2017 (+26,1% interanual).

Construcción de viviendas unifamiliares y pisos

Por tipología de intervención, la construcción de obra nueva es la más numerosa. Destaca especialmente la edificación de pisos. El 80% de todos los permisos concedidos.
En febrero de 2018 se dieron 6.631 visados para construcción de viviendas en bloque. Un 33,3% más de autorizaciones que un año antes. Por delante de los 1.674 visados para edificar viviendas unifamiliares. Un 6,5% más que en el mismo periodo de 2017.
En ese sentido, aún queda lejos la producción a la que aspira Asprima hace un año. La construcción a medio y largo plazo de 150.000 viviendas anuales.
Una cifra que los promotores inmobiliarios consideran óptima para mantener sano al mercado inmobiliario y responder a la creciente demanda.

1.500 viviendas entre las seis grandes ciudades

De los 10.444 permisos otorgados, las seis grandes capitales de provincia concentraron un total de 1.513.
Madrid volvió a ser la ciudad con mayor número de visados: 557 unidades.
Construcción de viviendas en las principales ciudades españolas
Más del doble que la segunda y tercera ciudad más activa Zaragoza con 245 visados y Málaga con 234 visados.
También por encima de los doscientos permisos, Barcelona con 219 visados y Valencia con 204 visados. A mucha distancia de Sevilla con 54 unidades.

No solo construir, también reformar y ampliar

Las empresas de la construcción pasan por un excelente momento. Tal y como mostró Gedesco hace escasas semanas.
No solo por la edificación residencial, sino también por los proyectos de rehabilitación y ampliación.
Este mes de febrero se dieron hasta 2.139 permisos para reforma o ampliación de propiedades. Cifra un 3% superior a la alcanzada en el mismo periodo de 2017.
Esta actividad aún se recupera por debajo de los niveles de construcción de viviendas.
Hasta 1.942 visados correspondieron a la reforma o rehabilitación de viviendas. Un 2,6% más que en febrero de 2017. Mientras que únicamente 197 autorizaciones fueron para ampliar inmuebles. Un 6,4% más que un año antes.